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Feriados del lunes 28 de febrero y martes 1 de marzo – CARNAVAL

El 28 de febrero y 1 de marzo por tratarse de feriados nacionales (son fijos no trasladables), los establecimientos que decidan permanecer abiertos podrán hacerlo,  teniendo en cuenta la aplicación del artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo. En caso de que el trabajador preste servicios en esos días, cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

Determinación de la remuneración cuando se trabaja los días feriados

Los trabajadores que laboren en dichos días percibirán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. En el supuesto de que también trabajen horas extras, las mismas se computarán al 100%.

Concepto de feriado nacional

Es el día en que por disposición del Estado y con motivo de una celebración o festividad de carácter cívico o religioso no se trabaja en todo el ámbito del país.

Régimen de los feriados trasladables

Los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.

Feriados con fines turísticos para el año 2021

Mediante el Decreto 789/2021  se establecieron como días feriados con fines turísticos el 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre.

 Requisitos para tener derecho al feriado pago cuando no se lo trabaja

El artículo 168 de la ley de contrato de trabajo establece los requisitos que deberá cumplir el trabajador para tener derecho al feriado pago, dichos requisitos son los siguientes:

1) Trabajar 48 horas o 6 jornadas dentro del término de 10 días hábiles anteriores al feriado.

o

2) Trabajar el día hábil anterior al feriado, y de los 5 días hábiles siguientes también trabajar por lo menos uno.

Comunicado apertura de paritarias 2021/2022

Comunicamos a nuestros socios y adherentes al CCT 521/07 que luego de intensas negociaciones llevadas a cabo con la Parte Sindical y con el antecedente de que una entidad empresarial que sólo representa el 2% de las EESS del país había consensuado un incremento salarial a espaldas del 98% lo que motivara presentaciones administrativas ante el Ministerio de Trabajo, hemos consensuado en forma extraoficial un incremento salarial distinto, consistente en un 8% aplicable en diciembre de 2021 y un 8% aplicable a partir de febrero de 2022 con base a octubre de 2021, ambos en carácter “no remunerativo”, pasando a ser remunerativo a partir de marzo de 2022. Debido a que la instrumentación de dichos incrementos ante el Ministerio de Trabajo y su posterior homologación demorará un tiempo, a todos aquellos que así lo determinen y previa consulta a sus respectivos Contadores, deberán decidir la forma de instrumentar el pago del presente acuerdo.

Comisión Directiva – FECRA

En la noche de las fiestas, las estaciones de servicio no atenderán al público 

De acuerdo a lo establecido en el convenio colectivo, no habrá entrega entre las 22.00 y las 06.00 horas los días 24 y 31. Se proporcionará un mínimo de guardias para responder a la demanda final de servicios de emergencia como ambulancias, bomberos y policía.

Durante los últimos siete años, los convenios laborales firmados por diversas cámaras y federaciones de comercio han garantizado el derecho de los empleados de la gasolinera a pasar las vacaciones. Algunas personas han comenzado a considerar en sus acciones promocionales alertar a los clientes de la falta de servicio a las 22:00 horas del día 24 y 31.

Si bien estuvimos a disposición de las autoridades sanitarias locales el año pasado, entre estas fiestas ya era posible. la estación de servicio no reabastece de combustible ni abre las tiendas.

“Hace varios años atrás, se hacía por cortesía. Desde el 2014, en las revisiones paritarias ya se agregó como artículo de cumplimiento obligatorio. De esta manera se están reconociendo los derechos de los trabajadores tanto de las playas, como de los shops y de cualquier otro servicio que incluya cada estación”.

Tanto en Navidad como para Año Nuevo, los trabajadores de las Estaciones de Servicio cuentan con el franco de la trasnoche. Así lo establece el Convenio Colectivo de Trabajo.

“Las Estaciones de Servicio no despacharán ningún tipo de combustible producto y/o tipo de mercadería al público en general, los días 24 de diciembre y 31  de diciembre en el horario de 22:00 hs a 6:00 hs eximiendo a los trabajadores del sector de concurrir a sus puestos de trabajo, sin  pérdida  y/o descuento en su remuneración”.

Asimismo, aclara que aquellos operarios que deban cumplir con la guardia mínima, que brindará suministro de combustible en casos excepcionales para atender vehículos  de emergencia como ambulancias,  móviles policiales, bomberos etc., cobrarán esas horas al 100 por ciento.

Acuerdo FECRA y Organización Azara


En esta ocasión y continuando con la obtención de beneficios exclusivos para operadores vinculados a FECRA, queremos comunicarles que hemos conseguido, por intermedio de los productores de seguros “Organización Azara”, una alícuota del 1% para la cobertura de ART con una importante Aseguradora de Riesgos de Trabajo.

Aquellos interesados que estén al día con el pago del fondo convencional CCT 521 y deseen acceder a la alícuota preferencial del 1% deberán enviar un mail solicitando cotización a la siguiente dirección:

sedecentral@fecra.com.ar enviando la siguiente la siguiente


información:
Nombre de la empresa:
CUIT:
Cantidad de cápitas:
Masa salarial total mensual:
Aseguradora actual:
Código actividad:
Dirección de mail:
Teléfono:

Luego nuestro productor asociado comunicará finalmente con el interesado para gestionar el acceso a la alícuota preferencial del 1%.

Paritarias: Reclamo por acuerdo entre SOESGyPE y FEC

El 98% de las Estaciones de Servicio (EESS) nucleadas en “Expendedores Unidos” que representan al 98% en todo el país, irían al paro para las Fiestas, producto del impacto negativo de un acuerdo paritario consensuado entre la parte Sindical (SOESGyPE y FOESGRA) con una Entidad local denominada FEC que, sin representación suficiente (2%) y a espaldas de las Entidades con mayor representación, esto es FECRA, CECHA, AES, CEGNC y/o AOYPF, concedió un incremento salarial exorbitante que supera la inflación, en un contexto de precios de combustibles congelados desde hace más de 6 meses, y que, se mantendrán congelados por varios meses de 2022, lo que implica lisa y llanamente, un quebranto para las EESS que verán peligrar su giro comercial, afectando seriamente las fuentes de trabajo que, con mucho esfuerzo, fueron mantenidas sin despidos a pesar de la reducción en las ventas, producto del Aislamiento Obligatorio por el COVID19.

Lamentablemente, no es la primera vez que la parte Sindical junto a FEC consensua incrementos salariales y/o modificaciones a su Convenio Colectivo de Trabajo (488/07) a espaldas de las Entidades con mayor representación y en perjuicio de las EESS que nuclean, las que, a pesar de contar con una mayor representación, deben someterse a los designios de la comunidad con la que han actuado hasta el presente la parte Sindical con la Empresarial.

El contexto actual de precios congelados ha desnudado la exorbitancia del incremento salarial acordado y, las consecuencias  arbitrarias para todas las EESS del país, lo que ha provocado un necesario punto final. 

Ninguna de las Entidades que integran Expendedores Unidos se niegan a una negociación paritaria pero, exigen que ésta se haga mediante una Unidad de Negociación con la participación de todas las Entidades y de ninguna manera con la ausencia de una sola de ellas. Consecuentemente, las Entidades nucleadas en Expendedores Unidos han recurrido administrativamente ante el Ministerio de Trabajo el exorbitante incremento salarial acordado a sus espaldas, como así también la inmediata suspensión de la RESOL-2021-1531-APN-ST-MT, y su nulidad para que quede sin efecto alguno, requiriendo la urgente conformación de una Unidad de Negociación con la participación de todas las Entidades representativas del sector, prohibiéndole a FEC que negocie en forma individual con la parte Sindical. También, han hecho reservas por los daños y perjuicios que pudieran experimentar.En este lamentable contexto, de no hacer lugar las Autoridades a lo requerido, las Entidades nucleadas en Expendedores Unidos, no tendrán otra alternativa que dejar de suministrar combustibles. 

Chocrón fue elegido vicepresidente segundo de FECRA

El pasado 21 de octubre se llevó a cabo en la ciudad de La Plata, la asamblea general extraordinaria y elecciones de la comisión directiva.

La Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina (FECRA), con más de 30 años de actividad en el país, está presente en Junín desde hace 3 años.

Es la primera Sede de FECRA en la ciudad en la cual se ofrece atención personalizada para socios y no socios con asesoramiento integral en temáticas contables, laborales, jurídicas, impositivas, aporte al Fondo Convencional, convenios, seguridad e higiene y todos los temas medio ambientales entre otros.

El pasado 21 de octubre se llevó a cabo en la ciudad de La Plata, la asamblea general extraordinaria y elecciones de la comisión directiva. Participaron socios de Capital Federal, Gran Buenos Aires y de las localidades que abarca la zona de Junín.

Comisión Directiva 
Presidente: Impieri, Vicente
Vicepresidente Primero: Cavallero, Hugo
Vicepresidente Segundo: Chocrón, Ángel
Secretario: Landgrebe, Hernán
Prosecretario: Dagnino, Marcos
Tesorero: Sainato, Leonardo
Protesorero: Domínguez, Roberto

Consejeros titulares
Gallo, Alberto
Mollica, Rodolfo
Soler, Daniel
Hipólito, Sergio
Da Costa, Guillermo
Gaita, Germán
Allegretti, Javier
Dibiase, Julio
Ponzio, Francisco
Cavallero, Germán 

Consejeros suplente
Ghioldi, Martín
Abat, Pablo
Domínguez, Ariel
Lula, Juan
Alfaro, Héctor
Ferrer, Carlos
Piñeiro, Marcelo
Rizzo, Antonio
Noia, Emilio
González, Fermín

Revisores de cuentas titulares
Cobian, Juan José
Piñeiro, Daniel
Morales, Carlos 

Revisores de cuentas suplentes
Sosa Fandos, Rodrigo
Dursi, Federico

Referentes regionales
Bragado: Pablo Abat
Bolívar: Carlos Morales
Daireaux: Daniel Soler
Lincoln: Rodrigo Sosa
San Nicolás: Sergio Hipólito
Junín: José Chocrón

Acompañamiento 
De esta manera FECRA, continúa acompañando a los operadores de las estaciones de servicio de Junín y de las 57 localidades vecinas, acortando tiempos de consultas, optimizando todas las gestiones y fortaleciendo el apoyo al estacionero en el interior del país.

Los interesados pueden acercarse personalmente de lunes a viernes de 8.30 a 12.30 a Carlos Pellegrini 697, esquina Primera Junta, o comunicarse telefónicamente al (011) 1538019432 ó al mail: sedejunin@fecra.com.ar / www.fecra.com.ar