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Programa de Asistencia para Emergencia del Trabajo y la Producción (ATP)

Les compartimos el análisis hecho por nuestro contador Jorge Carmona sobre la Decisión Administrativa 887 publicada en el Boletín Oficial con novedades del Programa de Asistencia para Emergencia del Trabajo y la Producción (ATP).

Entre ellas, se comunica que el gobierno publicará en un sitio web el listado completo de los beneficiaros del Salario Complementario. También les compartimos una novedad del ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires con respecto a los despidos y suspensiones.

A continuación la Decisión Administrativa 887 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/335000-339999/337911/norma.htm

Cómo hacer el trámite para financiar o bajar el cargo de potencia eléctrica

Edenor

Nos contactamos con Julio Marconi, Gerente de Grandes Clientes de EDENOR, para encontrar una manera directa para iniciar el trámite que habilita la resolución 35/2020 del ENRE que permite, en las facturas que van del 20 de marzo y hasta cuando se extienda la cuarentena, financiar los costos del cargo por potencia convenida y/o bajar la potencia. A continuación, las alternativas que nos ofreció. Si las dos vías para hacer el trámite por Internet o con el teléfono celular y/o el 0800 directo para T2 y T3 no les funcionan, les pedimos que nos envíen los datos mencionados en la opción 3 a sedecentral@fecra.com.ar y haremos que un ejecutivo de la empresa eléctrica se comunique con ustedes.
WEBSITE: https://www.edenor.com/grandes-clientes
EDENOR DIGITAL:
A través del website de EDENOR : https://www.edenordigital.com/ingreso
A través de los teléfonos móviles : descargando desde PLAYSTORE.
Instrucciones de uso : https://www.youtube.com/watch?v=F5rnzhfhBeQ

  1. CONTAC CENTER: Telefónicamente, las 24 hs, los 365 días del año, a las líneas exclusivas:
    Tarifa 2 | Demanda máxima igual o superior a 10 kW e inferior a 50 kW : 0800-666-4005
    Tarifa 3 | Demanda máxima igual o superior a 50 kW: 0800-666-4000
  2. EJECUTIVO DE CUENTAS:
    Contactando directamente a su ejecutivo en EDENOR
    A través de FECRA: confección de un listado de los clientes, los cuales los vamos a llamar desde EDENOR a cada uno de ellos a través de su ejecutivos de cuentas.
    Por ello es necesario detallar:
    i. Razón social:
    ii. CUIT:
    iii. Nro. Cuenta EDENOR
    iv. Apellido y Nombre del representante del cliente:
    vi. Motivo de consulta o reclamo: descripción corta

Edesur

Hicimos contacto con la empresa EDESUR para encontrar una manera directa para iniciar el trámite que habilita la resolución 35/2020 del ENRE que permite, en las facturas que van del 20 de marzo y hasta cuando se extienda la cuarentena, financiar los costos del cargo por potencia convenida y/o bajar la potencia.

Pablo Becerra, supervisor comercial del área empresas, nos concedió su email para hacerle consultas o pedir asistencia con el trámite que cada usuario T2 o T3 debe realizar con la distribuidora. Le pueden escribir a pablo.becerra@enel.com

Reunión con el Enargas

Mantuvimos una reunión virtual con el interventor del Enargas, Federico Bernal y su equipo de trabajo. Nos representó nuestro tesorero Leonardo Sainato y Eduardo Quiroga, colega de La Plata e integrante de la cámara de GNC de esa ciudad.

Se trataron los siguiente temas:

1) la posibilidad de reducir las reservas de gas firme, con carácter excepcional, de las estaciones de GNC. Se pidió eliminar cargos fijos, cargos por volumen firme y reserva de gas en este momento de fuerte caída de ventas. Se solicitó que el ente emita una resolución que respalde esta posibilidad.

2) Casos de distribuidoras que otorgan planes de pago con tasas del 45% .

3) Integrar con otras cámaras del sector la comisión de GNC dentro del ente regulador.

Programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción – extension de beneficios al mes de mayo de 2020

Seguidamente reseñamos la normativa dictada hasta la fecha en la materia:

Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 747/2020

La JGM adopta las recomendaciones formuladas por el COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN en los distintos anexos que forman parte integrante de la Decisión en cuestión.

Nos interesa destacar entre las recomendaciones efectuadas por el citado Comité la referida a la extensión del Programa ATP, a los beneficios relativos al Salario Complementario y a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentinorespecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo.

Decisión Administrativa(Jefatura de Gabinete de Ministros) 765/2020

Refiere al cálculo del Salario Complementario y los elementos y criterios de ponderación, con arreglo al siguiente detalle:

Remuneración a considerar para estimar el salario complementario

Para efectuar el cálculo del salario complementario de mayo resulta procedente tomar como referencia a la remuneración abonada en el mes de marzo de 2020.

Condiciones para la admisibilidad del beneficio

Se estimará la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con abril de 2020.

Las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1 de mayo de 2019 la comparación debería hacerse con el mes de diciembre de 2019.

Asimismo, se propone continuar con la misma tesitura con respecto a las empresas nacidas durante el año 2020, las cuales recibieron de manera directa el beneficio del Salario Complementario.

Normativa de aplicación supletoria

Las demás reglas a aplicar para la estimación del Salario Complementario del mes de mayo de 2020 se encuentran constituidas por las que fueron recomendadas por el Comité con anterioridad y, luego, aceptadas por la Jefatura de Gabinete de Ministros (contexto en el que las referencias a febrero de 2020 deberán entenderse realizadas a marzo de 2020).

Caída sustancial de las ventas

Si bien se encuentra comprendida dentro de la normativa de aplicación supletoria señalada en el apartado anterior, nos parece oportuno recordar como se haya definida.

Con anterioridad a esta definición las empresas que recibían el aporte para sueldos eran las que en términos nominales habían facturado lo mismo o menos que en 2019, ahora lo van a recibir las que hayan facturado en pesos nominales hasta un 5% más en 2020 que en 2019 (siempre para el período 12/3 a 12/4 de cada año), esto implica que la caída real que se pide es menor que la anterior, ya que ha sido desplazado el punto de observación.

Con respecto al beneficio correspondiente al mes de abril ysegún información extraoficial habría alrededor de 9000 empresas en esa situación, se desconoce hasta el momento si el cálculo será directamente realizado por el fisco ya que disponen de los datos, o que otro procedimiento se establecerá.

Las empresas que se encuentren en esa situación deberán estar atentas a las novedades que informemos con objeto de adecuar su accionar.

Resolución general AFIP 4716/2020

Dispone la operatoria para obtener los beneficios de:

– Postergación o reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

– Salario Complementario.

Respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de

mayo de 2020.

Deberán acceder con clave fiscal al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 14 de mayo de 2020 hasta el 21 de mayo de 2020, inclusive.

FUENTE: Jorge A. Carmona para FECRA

Fecra logró una rebaja en las facturas de luz

El contacto que hicimos con el ENRE para llevar el reclamo de la inequidad en las facturas de Edenor y Edesur por la potencia convenida/contrata y la realmente consumida en nuestras estaciones de servicio durante la pandemia, dio sus frutos.

Les compartimos la comunicación que realizó el ente regulador en su sitio web.

El ENRE subió a su sitio web la resolución 35/2020 con el detalle de cómo será la rebaja en la factura de luz en el ítem de la contratación de potencia. Cada uno deberá hacer el trámite con su respectiva distribuidora, en este caso, Edenor o Edesur.

A continuación el PDF con la resolución

Hicimos contacto con Gastón Ghioni, subsecretario de Energía de la provincia de Buenos Aires.

Están analizando el tema para los usuarios T2 y T3 de EDEN, EDES y EDELAP. Nos aclaró que la frágil situación financiera de las cooperativas eléctricas bonaerenses no le permite, en principio, dictar una resolución tan general como la del ENRE. Los mantendremos al tanto de las novedades.

AFIP reabre la inscripción para el Salario Complementario de mayo

La AFIP informó en una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial que abre a partir de hoy hasta el 21 de mayo la inscripción para recibir el beneficio estatal del Salario Complementario para los sueldos de mayo que se pagan en los primeros días de junio.

Los empleadores que requieran la ayuda estatal para pagar los sueldos de sus empleados deberán inscribirse en la página del organismo. Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que ya se anotaron en el beneficio el mes pasado.

Les recordamos los cambios que hizo el organismo para ampliar el beneficio a más empresas.

1) Las empresas nacidas durante 2020 que se registren en el programa accederán de manera directa el beneficio del salario complementario.

2) Las empresas cuya facturación entre abril de 2019 y abril de 2020 tuvo una variación de hasta el 5 por ciento positiva también lo obtendrán. Para anotarse hay que ingresar con clave fiscal en el sitio web de la AFIP. Deben ir al Administrador de relaciones e ingresar al denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

Les compartimos el link a la resolución de la AFIP https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/229296/20200514

Cómo protestar las facturas de luz mal medidas

A partir de los reclamos que nos llegaron de ustedes con las excesivas facturas de luz desde el comienzo de la pandemia, nos comunicamos con el ente regulador ENRE para saber cómo protestar las mismas.

Nos redirigieron a los canales que tienen las distribuidoras. Les copiamos los links para que en los casos de facturación errónea puedan iniciar el trámite. En los mismos también encontrarán más información.

En el ente regulador nos dijeron también que cuando se vuelva a realizar la lectura real del medidor -las empresas ya lo están haciendo otra vez- se normalizará el proceso de facturación y que lo facturado de más deberá ser reembolsado al usuario.

De todas maneras, les recomendamos que hagan el trámite en las distribuidoras.

Edenor: https://www.edenor.com/coronavirus

Edesur: https://www.edesur.com.ar/novedades/como-se-realiza-la-estimacion-de-facturas-durante-la-cuarentena/

Modelo de nota de adhesión al acuerdo marco de suspensiones

Les adjuntamos una nota modelo para adherir al acuerdo marco de suspensiones artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo firmado entre FECRA Y SOESGyPE, según lo solicitado por el ministerio de Trabajo de la Nación.

Cada uno deberá completar sus datos y nómina de empleados afectados. Para este fin de esta semana / principio de la semana próxima, el ministerio de Trabajo de la Nación nos informará una mesa de entradas para enviar la nota. Cabe destacar que este trámite simplifica la aplicación del convenio obtenido por esta Federación.

Anses pagará hasta el 50% de los sueldos de mayo

El Gobierno confirmó hoy en una decisión administrativa publicada en el Boletín Oficial que Anses pagará el Salario Complementario en el sueldo de mayo a los empleados privados cuyos empleadores hayan realizado el trámite en la página web de la AFIP.

Las empresas que reciban el plan de auxilio también podrán elegir entre reducir las contribuciones patronales en un 95% o postergar su pago por dos meses. La decisión administrativa incorpora importantes cambios que fueron reclamados por FECRA y Expendedores Unidos a través de distintas notas enviadas al Gobierno y a través del diálogo directo con los funcionarios.

Son los siguientes:

1) Para admitir a las empresas en el plan de auxilio para el pago de sueldos se comparará la facturación de abril 2020 con abril 2019. Anteriormente, se comparaba 12 marzo a 12 de abril de 2020 contra el mismo período de 2019, lo que incluyó 8 días de trabajo normal para nuestro sector, previo al inicio del aislamiento obligatorio y no permitió que la AFIP tomara nota de la caída real de los ingresos de nuestra actividad.

2) Las empresas nacidas en 2020 recibirán directamente el beneficio. 3) Aquellas empresas que tuvieron una variación en su facturación de hasta un 5% positiva también podrán acceder al beneficio estatal.